- Representación exclusiva, ordenación y defensa de la profesión médica.
- Tramitar las instancias o reclamaciones de los colegios oficiales de médicos dirigidas a los órganos centrales de la Administración General del Estado.
- Promover la mejora y perfeccionamiento de la legislación sobre colegios profesionales.
- Estudiar los problemas de la profesión, proponiendo las reformas pertinentes, e intervenir en conflictos afecten a la Medicina.
- Conocer y resolver los recursos que contra acuerdos de los Colegios Oficiales de Médicos interpongan los colegiados.
- Ostentar la representación de los Colegios en la defensa de sus intereses profesionales.
- Ejercer la potestad disciplinaria.
- Establecer las normas de la ética y de la deontología en el ejercicio de la profesión médica.
- Cooperar para que la información y la publicidad relacionada con la profesión médica se ajuste a criterios profesionales.
- Adoptar las medidas necesarias para evitar la competencia desleal, velar por la dignidad y decoro del ejercicio profesional y denunciar el intrusismo y la clandestinidad.
- Actualizar la competencia profesional de los médicos, promoviendo la Formación Médica Continuada y ejerciendo las funciones de acreditación y registro oficial.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) es el órgano que agrupa, coordina y representa a los 52 colegios oficiales de médicos a nivel nacional e internacional, y tiene como función la representación exclusiva, la ordenación y la defensa de la profesión médica.
Composición del CGCOM
Funciones del Consejo General
La Organización Médica Colegial de España (OMC) es el organismo que, formado por el Consejo y los colegios, sirve de representante de los médicos colegiados de España, actuando como salvaguarda de los valores fundamentales de la profesión médica: la deontología y el código ético.
- Cooperar con los poderes públicos del Estado, en la formulación de la política sanitaria y de los planes asistenciales y en su ejecución.
- Expedir a los colegiados las certificaciones que les sean requeridas por los países de la UE.
- Organizar instituciones, servicios de asistencia y previsión.
- Promocionar y participar en la protección social de los médicos jubilados e inválidos, viudas y huérfanos de médicos, casas de médicos o residencias, asistencia sanitaria, becas, ayudas y otras iniciativas similares.
- Formalizar los convenios de colaboración que sean precisos para cumplir los fines de la organización.
- Velar por la búsqueda de nuevas salidas profesionales para los médicos.
- Velar por la homologación y la equidad del ejercicio profesional.
- Promover la mejora de las condiciones del ejercicio profesional del médico.
- Velar porque el ejercicio de la profesión médica se adecúe a los intereses de los ciudadanos.
- Promocionar el nivel científico, cultural, económico y social de la profesión médica.
- Establecer los criterios de colegiación.